SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN DE SOCIOS
Ventajas de ser socio:
Información privilegiada y extensa de las actividades de la Asociación, artículos publicados, y descuentos en actividades organizadas.
No es necesario estar federado pasa inscribirse, pero para competir en el Campeonato de Catalunya es
IMPRESCINDIBLE que el jinete esté federado.
Importante:
Una vez cumlplimentado y rellenado, se enviará el número de cuenta donde hacer el ingreso de la cuota de socio (60 €).
RESUMEN ESTATUTOS AEETW
De acuerdo con los Estatutos de la Asociación (Capítulo 2º):
- 1. Son socios de la AEETW las personas físicas que habiendo solicitado la admisión mediante el procedimiento estatutario han sido aceptados por la Junta Directiva.
- 2. El expediente de ingreso de un socio consistirá en rellenar el escrito de solicitud, con los datos personales del socio, y aceptación de los derechos y obligaciones del socio de la AEETW.
- 3. En caso de incumplimiento de las obligaciones de socio, se podrá acordar la suspensión de la condición de socio. Se le notificará al socio especificando que ha provocado esta decisión.
- 4. La condición de socio se pierde:
- a. Por voluntad propia comunicada formalmente a la Junta Directiva
- b. Por acuerdo de la Junta Directiva basado en faltas de carácter muy grave, con audiencia previa al interesado, y abierto el correspondiente expediente disciplinario.
- 5. Derechos de los socios:
-
a. Participar con voz y voto en la Asamblea General, que se celebrará de forma anual.
- b. Ser electores y elegibles para los cargos de los órganos de gobierno de la AEETW
- c. Participar en las actividades organizadas por la Asociación
- d. Beneficiarse de los descuentos que para los socios se establezcan en las actividades organizas por la AEETW.
- e. Prioridad de inscripción en las actividades organizadas por la AEETW
- f. Disfrutar de la posibilidad de publicar en la página Web de la AEETW sus iniciativas personales, siempre y cuando estén relacionadas con el objeto social de la Asociación, y no vayan en contra de los intereses o imagen de la misma. La decisión final de los contenidos a publicar en la página Web será discrecional de la Junta Directiva.
- g. Beneficiarse de los descuentos que determinadas firmas comerciales ofrezcan a los socios de la AEETW.
- 6. Obligaciones de los socios numerarios:
-
a. Abonar la cuota de inscripción, cuando se acepte su inscripción en la Asociación; y las renovaciones durante el mes de enero en los años siguientes. En caso de no hacerlo dentro de dicho plazo se perderá la condición de socio.
- b. Cumplir los estatutos de la Asociación y su régimen interno.
- c. Contribuir al cumplimiento de las actividades de la AEETW, tanto deportivas como participación en los órganos directivos, consultivos o de gobierno, en caso que sea necesario.
De acuerdo con el Régimen Disciplinario (Capítulo 7º de los Estatutos), y el Régimen interno de la Asociación:
-
El Régimen disciplinario deportivo comprende el conocimiento de las reglas que se aplican en las competiciones y las diferentes disciplinas.
-
La potestad disciplinaria confiere a sus titulares la posibilidad de reprimir o sancionar a los socios, técnicos y directivos.
El ejercicio de la potestad disciplinaria corresponde a:
-
1. Los jueces, durante una competición. Sus decisiones son inapelables.
- 2. La Junta Directiva
La Junta Directiva considera falta grave, y ante la cual, un socio puede ser expulsado de la Asociación:
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1. Falta de respeto grave durante una competición a jueces, competidores, y público en general.
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2. Maltrato evidente a caballos y vacas, sea durante una competición o en el transcurso de la misma.
-
3. Cualquier intervención pública en foros, revistas, webs, etc., en la que se menosprecie de forma evidente a la AEETW o a sus miembros.
- 4. Hacer un mal uso del nombre o de los signos distintivos de la AEETW.